Con la creación del euro, la Unión Europea ha venido estableciendo una serie de normas generales en algunos impuestos con el objetivo de armonizar su aplicación en todo el territorio comunitario.

Pero el IVA ha sido, sin embargo, el impuesto que más polémica ha generado. Y aunque las últimas subidas, del 16% al 18%, primero; y del 18% al 21% después, nos han acercado al resto de países europeos, lo cierto es que han supuesto un duro revés para algunos sectores de nuestra economía.

Ahora, la Comisión Europea propone reformar las normas sobre el IVA en toda la Unión Europea con el objetivo de que los países tengan más libertad a la hora de fijar tipos estándar, reducidos e incluso nulos, además de establecer un mecanismo que facilite los trámites a las pequeñas y medianas empresas.

El sistema actual obliga a los países a fijar un tipo general igual o superior al 15% y establecer un tipo reducido máximo del 5% a dos categorías de productos, además de incluir diferentes exenciones en función de los países basándose en razones históricas. La nueva propuesta incluye la posibilidad de que, además de ese tipo general al 15% o superior, se establezcan dos tipos reducidos de entre el 5% y el tipo estándar que elija cada país, un tipo superreducido del 0% y el tipo reducido escogido y finalmente una exención del IVA, con un tipo al 0%.

En cualquier caso, y con el fin de salvaguardar los ingresos públicos que el Estado recauda por IVA, el tipo medio ponderado de todas las transacciones susceptibles de llevar IVA debe superar siempre el 12%.

Nueva lista de productos con IVA reducido

Asimismo, la propuesta de la Comisión Europea incluye una nueva lista de productos a los que siempre deberá aplicarse el tipo general, como las armas, las bebidas alcohólicas, el tabaco, los productos relacionados con los juegos de apuesta, los metales preciosos, los smartphones, los electrodomésticos o los servicios financieros.

En el lado contrario, Bruselas autoriza a aplicar un IVA reducido a los coches eléctricos, híbridos o de hidrógeno, que ahora están gravados con el tipo general del 21%. Otros productos a los que se podrá aplicar un IVA reducido son los productos de higiene íntima femenina, como tampones y compresas.

Facilidades para PYMES

Por último, la Comisión Europea propone una serie de excepciones y simplificaciones para las pequeñas y medianas empresas. En este sentido, las pymes que no tengan un volumen de negocio superior a los 100.000 euros, podrán estar exentas de IVA.

Las empresas que operan en otros países soportan unos costes de cumplimiento superiores en un 11% a los de las empresas cuya actividad es solo nacional, viéndose afectadas las empresas más pequeñas. Esto es un obstáculo para el crecimiento, pues las pymes representan el 98% de todas las empresas de la UE, y la nueva normativa serviría para reducir los costes de cumplimiento un 18% al año, según cálculos de Bruselas.

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