Pongámonos en el caso de que su empresa lleva varios años arrastrando un IVA pendiente de compensar, pero ha optado por no solicitar su devolución para no ser objeto de un proceso de comprobación por parte de la Agencia Tributaria.
En estos casos debe tener en cuenta que el plazo de compensación caduca a los cuatro años. ¿Qué ocurre entonces si deja transcurrir dicho periodo? ¿Perderá el derecho de recuperar el IVA?
En primer lugar hay que remarcar que el derecho a compensar el IVA caduca a los cuatro años desde la declaración en la que se origina el importe a compensar. Sin embargo es muy importante saber que cuando el resultado previo de una declaración es positivo, es lógico que primero se compensen los saldos de IVA más antiguos, por lo que puede darse el caso de que una empresa lleve más de cuatro años arrastrando saldos de IVA a compensar y cuyo plazo de compensación todavía no haya caducado.
No obstante, si a pesar de lo indicado algún IVA a compensar le caduca, todavía podrá solicitar su devolución siempre que no hayan transcurrido cuatro años desde dicha caducidad. Para ello deberá dejar de declarar dicho IVA como pendiente de compensación e instar su devolución por escrito.
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