Es lo que le ocurrió a una entidad a la que, en el transcurso de una Inspección Tributaria, la Administración reconoce una devolución a su favor, aunque sin contemplar intereses de demora a su favor.

Disconforme, la empresa interpone reclamación económico-administrativa, alegando, entre otros puntos, el derecho a la liquidación de intereses de demora al entender que se trata de un supuesto de solicitud de regularización que da lugar a una devolución de ingresos indebidos.

Además, señala en su recurso, la solicitud se ha realizado en el contexto de una actuación inspectora, por lo que una vez reconocida la procedencia de la devolución, se devengan esos intereses.

En su resolución, el Tribunal Económico Administrativo Central recuerda que no procede abonar intereses de demora al sujeto pasivo por las cantidades a devolver en los supuestos derivados de la propia mecánica del impuesto, en aquellas liquidadas por la Inspección, y en aquellos supuestos no imputables a la Administración.

Por estos motivos, a juicio de la Administración tributaria, no se incurre en mora porque no ha existido solicitud del contribuyente previa, por lo que no resulta aplicable el plazo de seis meses para devolver, y no resulta causa imputable a la Administración.

Al respecto, no cabe entender que existió solicitud, ya que se produjo en el seno de una actuación inspectora, lo que determina que no exista por parte del contribuyente el inicio del procedimiento de devolución.

No cabe alegar desigualdad entre la obligación del contribuyente de ingresar la deuda tributaria, y de la Administración de abonar las devoluciones correspondientes. Ambas tienen el mismo régimen.

Como consecuencia de todo lo anterior, el TEAC decide rechazar el recurso del contribuyente al entender que no se devengan intereses de demora cuando el derecho a la devolución del obligado tributario se reconoce por la Inspección.

En AC-Global Consulting contamos con más de 20 años de experiencia en asesoría fiscal, contable y laboral; consultoría empresarial y corporativa, auditoría y correduría de seguros.

Si deseas asesoramiento sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros a través de nuestras oficinas en Castellón o Villa Real.