El obligado que hace un ingreso extemporáneo para evitar caer en un posible delito fiscal, no puede luego instar la devolución de ingresos indebidos arguyendo que se ha superado el plazo de cuatro años que marca la prescripción de la deuda tributaria en la vía administrativa.?
Por todo ello conviene tener siempre en cuenta cuándo prescribe el impuesto, dado que en algunos casos el plazo puede ser mayor.
Por regla general, si su empresa presenta una declaración de un impuesto, Hacienda dispondrá de cuatro años para comprobarla (y, en su caso, usted también dispondrá de ese mismo plazo para rectificarla).
Teniendo en cuenta lo anterior, dicho plazo se computa desde el fin del período legal de declaración (y no desde la presentación). De este modo, si su empresa presentó su declaración de IVA del cuarto trimestre de 2016 el 12 de enero de 2017, el impuesto prescribirá el 30 de enero de 2021.
En caso de impuestos de cobro periódico recaudados por recibo, el plazo empieza a correr desde su devengo. Así, en caso del IAE, el IBI o el Impuesto de Circulación, dicho plazo empieza a contar, en general, desde el 1 de enero de cada año.
No obstante lo anterior, en ciertos supuestos el plazo de prescripción puede ser más largo, como en los casos en los que se produce una interrupción en el plazo debido a la apertura de un procedimiento de inspección o de comprobación por parte de la Agencia Tributaria; o en casos de incentivos que dependan del cumplimiento de determinados hechos o condiciones futuras.
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