El incumplimiento de la declaración informativa, modelo 720, sobre bienes y derechos en el extranjero, o su declaración extemporánea, deriva en sanciones que, a juicio de la Comisión europea, son «desproporcionadas», motivo por el que ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La Comisión llega a la conclusión de que las sanciones que consisten en la calificación de los activos como ganancias patrimoniales, la inaplicación de las reglas normales de prescripción y las multas pecuniarias fijas, constituyen una restricción a las libertades fundamentales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y del Espacio Económico Europeo (EEE), y aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos que son la prevención y la lucha contra la elusión y el fraude fiscal, resultan «desproporcionadas».
En concreto, la presentación de este modelo responde a la modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude operada por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, que introdujo a través de la nueva disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, una nueva obligación específica de información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero (cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero; valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero y bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero).
En caso de incumplimiento o de cumplimiento incorrecto de dicha obligación, se aplica un régimen sancionador específico, que conlleva la calificación de dichos activos como ganancias patrimoniales no justificadas que no prescriben o se impone automáticamente una multa pecuniaria fija del 150%.
Por todo ello, la Comisión solicita la condena del Reino de España, ya que al aplicar dicho régimen sancionador, considera que se están vulnerando determinadas disposiciones del TFUE, así como las libertades fundamentales que configuran el Espacio Económico Europeo.