En caso de que su convenio sea escaso a la hora de regular el régimen disciplinario, o no esté completamente adaptado a la realidad de su empresa, es muy probable que desee desarrollar un código de conducta de cara a sus empleados.
En este caso debe saber, en primer lugar, que aunque una empresa puede fijar códigos éticos de forma unilateral, éstos no pueden ir en contra de la legislación, diálogo social o negociación colectiva.
De este modo, los trabajadores deberán cumplir con las órdenes e instrucciones que usted le indique en materia laboral, como puede ser una determinada forma de vestir en caso de estar de cara al público, o la prohibición de utilizar el teléfono móvil durante el horario laboral.
Sin embargo, para ello debe tener en cuenta que dicho código no puede contravenir lo previsto en la ley, ni alterar la tipificación y la graduación de las faltas y sanciones fijadas en el convenio. Así, si el convenio considera infracción leve una impuntualidad de 15 minutos, el código no puede sancionar una impuntualidad inferior.
El contenido del código debe ser concreto y debe tipificar conductas específicas. No podrá sancionar si sólo incluye recomendaciones genéricas (como fórmulas del tipo «realizar sus tareas en el mejor beneficio de la empresa» ).
Asimismo, debe haber un interés empresarial lícito en que los empleados cumplan el código de conducta. Así pues, podrá sancionar a un trabajador que incumpla las normas de vestido y etiqueta si el afectado tiene contacto con sus clientes y éstos esperan una determinada imagen de su empresa. Pero no podrá sancionar a un técnico informático que viste de manera informal, ya que éste no tiene contacto directo con los clientes.
Conocimiento del trabajador
No obstante, para que la sanción sea válida, deberá acreditar que sus trabajadores conocían la existencia de dicho código. Por tanto, cuando contrate a sus trabajadores, debe incorporarse una cláusula en los contratos conforme se les ha entregado las normas de conducta.
Asimismo, se recomienda emitir comunicados periódicos a su plantilla recordando la obligatoriedad del cumplimiento de dichas normas.
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