En concreto ?se modifican los modelos de pagos fraccionados (modelos 202 y 222), el modelo de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas para los períodos impositivos iniciados en 2017 (modelos 200 y 220) y el modelo de declaración de información país por país (modelo 231) para su adaptación a la nueva regulación aprobada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 (LGP/18).
Dichas modificaciones dejarán los modelos de la siguiente forma:
1. Declaración de pagos fraccionados (modelos 202 y 222): se introduce la excepción a la obligación de efectuar pagos fraccionados mínimos de las entidades de capital-riesgo para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2018. Como consecuencia, se deroga el modelo de pago fraccionado de consolidación cuya entrada en vigor estaba prevista para el año 2019 (OM HFP/227/2017 anexo II redacc OM HFP/441/2018).
2. Declaración del IS para períodos impositivos iniciados en 2017 (modelos 200 y 220): se introduce la posibilidad de asignar el 0,7% de la cuota a actividades de interés general consideradas de interés social para contribuyentes cuyo período impositivo haya finalizado a partir del 5-7-2018.
3. Declaración de información país por país (modelo 231): se incluyen las aclaraciones introducidas con efectos para períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 relacionadas con el ámbito subjetivo de las entidades que están sujetas a esta obligación de información (RIS art.13.1 redacc RD 1074/2017).
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