Puede darse la situación de que, toda vez la empresa haya enviado un burofax para notificar el despido a uno de sus trabajadores, éste decida no recogerlo. Es lo que le ocurrió a entidad de Cantabria, que tras requerir la reincorporación a uno de sus empleados tras un proceso de incapacidad temporal, envío un nuevo burofax días después para notificarle su despido.
Sin embargo, ninguna de las notificaciones obtuvo respuesta por parte del trabajador, que posteriormente alegó un cambio de domicilio para acusar a la empresa de no haberle notificado el despido y, de esta forma, reclamar ante los tribunales la improcedencia del mismo.
No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria dictaminó la procedencia del despido puesto que la empresa había enviado los burofaxes al único domicilio que el trabajador le había comunicado, y que era el que constaba en las nóminas que cada mes entregaba al afectado.
Por este motivo, dado que el trabajador no había comunicado ningún cambio de domicilio, se consideró que la empresa había actuado con diligencia al intentar notificar por escrito las causas del despido.
Cómputo del plazo para reclamar contra el despido
En lo que respecta el cómputo del plazo para reclamar contra el despido, si éste es notificado mediante burofax, podemos encontrarnos ante un conflicto. De un lado, el plazo general de caducidad para reclamar contra el despido es de 20 días. Sin embargo, las reglas de comunicación que rigen la comunicación por burofax establecen un plazo de 30 días para recoger el documento.
En solución a lo anterior, el Tribunal Supremo, a través de una sentencia reciente, entiende que cuando la empresa comunica la carta de despido mediante burofax, y no se aprecia ni una conducta fraudulenta, ni tampoco la negativa a recibir la carta de despido, el plazo de caducidad comienza a contarse desde que el trabajador recoge el burofax en la oficina de correos y no desde que quedó a su disposición en la oficina postal. Por tanto, tendrá 30 días para recoger la carta de despido y, desde entonces, comenzará a aplicarse el cómputo de 20 días para reclamar contra el mismo.