Un trabajador autónomo que cobre unos 2.000 euros mensuales, en caso de enfermedad o accidente vería su nómina reducida 1.310 euros, hasta los 689 euros. Esto supone una pérdida del 65,5% de su sueldo mensual.

Se trata de un dato facilitado por Sergio Alonso, director Territorial Madrid, zona centro, Levante y Baleares de Previsora General, durante su ponencia ‘Gerencia de riesgos personales del autónomo. Oportunidad para el mediador de seguros’ ofrecida en el Colegio de Madrid con el apoyo de Correduidea.

En España de los más de 18 millones de trabajadores afiliados a la Seguridad Social, más de 3 millones pertenecen al régimen de autónomos.

Y aunque si bien es cierto que en los últimos años sus coberturas han mejorado y están relativamente protegidos por la Seguridad Social, no lo están lo suficiente.

El hecho real es que el trabajador autónomo puede elegir su base de cotización entre 919 euros de mínimo y 3.751 euros de máximo, pero según los últimos datos de la Seguridad Social, 9 de cada 10 autónomos menores de 47 años escogen cotizar por la mínima, y la tendencia es que siga en aumento.

En este contexto, señala Sergio Alonso, las aseguradoras «cobran fuerza como complemento» y hay una oportunidad en el mercado donde los mediadores deben jugar un papel fundamental. En su labor de asesoramiento deben explicar con claridad a este colectivo la limitada cobertura con la que cuentan en la actualidad y la oferta de productos que el mercado pone a su disposición.

La cuota de autónomo hay que seguir pagándola en caso de baja

Un autónomo que cobre unos 2.000 euros mensuales perderá más del 65% de su sueldo en caso de accidente o enfermedad, pasando a cobrar el primer mes 542 euros y 689 euros los sucesivos.

Además, a este importe debe restarle los 275 euros de cotización como autónomo que tiene que seguir pagando. Si la ganancia es mayor, pongamos 4.000 euros mensuales, «la diferencia entre el sueldo y la prestación se amplía muchísimo», señala Alonso.

Pero la pérdida no sólo se produce en caso de accidente o enfermedad. En caso de fallecimiento o invalidez el panorama no pinta mucho mejor.

Así, siguiendo el mismo ejemplo de autónomo que cobrase unos 2.000 euros, en caso de fallecer dejaría a su cónyuge una pensión que no superaría el 52% de su salario. En caso de Incapacidad Permanente Absoluta perdería unos 1.211 euros (60,5%) y todavía sería más grave si la Invalidez es Permanente Total, es decir, no apto para continuar con su oficio, pero sí para realizar otros, que en este caso perdería 1.566 euros (78,3%)

Un alto porcentaje de autónomos no considera probable este tipo de riesgos, sin embargo, según cifras de la Seguridad Social en España casi 1 millón de personas están cobrando pensión por algún tipo de incapacidad.

En ACG-Correduría contamos con amplia experiencia en la contratación de seguros destinados a profesionales o particulares, ofreciendo un servicio personalizado en función de tus necesidades, y cercano, ya que nos encargamos de todos los trámites, ya sea en el momento de la contratación, o a la hora de abrir un parte.

Si necesitas asesoramiento acerca de un seguro para autónomos, o cualquier otro producto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de nuestras oficinas en Castellón o Villa Real.

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