¿Está tu empresa adaptada a la nueva normativa sobre protección contra incendios?
El pasado día 12 de diciembre entró en vigor el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, aprobado mediante Real Decreto 503/2017 de 22 de mayo, y que tiene como objetivo determinar las condiciones y requisitos exigibles al diseño, instalación o aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.
La nueva normativa se regula en el propio reglamento y en las disposiciones técnicas, que se dividen en tres anexos: las exigencias relativas al diseño e instalación de los equipos y sistemas de protección contra incendios; el mantenimiento mínimo de los equipos; y los recursos humanos mínimos con que han de contar las empresas instaladoras y mantenedoras.
Asimismo, el nuevo reglamento establece, a través de los artículos 10 y 15, que las empresas instaladoras y mantenedoras tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil, aval u otra garantía financiera que cubra los daños materiales y personales causados a terceros por un importe mínimo de 800.000 euros, sin que dicha cuantía limite esa responsabilidad.
Entre las principales novedades de la nueva normativa, encontramos algunas como la exigencia de contratación de personal adecuado a su nivel de actividad, disponer de un certificado de calidad sobre el sistema de gestión o contemplar las inspecciones reglamentarias a las que se han de someter las instalaciones, entre otras.
En este sentido los nuevos sistemas deberán incorporar sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados, sistemas para control de humo y calor, mantas ignífugas, alumbrado de emergencia o señalización luminiscente.
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