El registro de jornada laboral sigue generando dudas entre empresas y departamentos de recursos humanos. Muchas compañías se preguntan si todavía pueden cumplir con la obligación mediante un registro manual en papel o si ya es obligatorio implantar un sistema telemático de control horario.

Además, surgen preguntas adicionales: ¿Qué ocurre con los trabajadores de ETT? ¿Y con los empleados de subcontratas?

En este artículo resolvemos las principales dudas.

 

¿Es obligatorio registrar la jornada de los trabajadores?

Sí. Todas las empresas están obligadas a llevar un registro diario de la jornada laboral de sus trabajadores. Esta obligación incluye:

  • Hora de inicio y finalización de la jornada.
  • Conservación de los registros.
  • Disponibilidad ante una posible inspección de trabajo.

El incumplimiento puede dar lugar a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.

 

¿Sigue siendo válido el registro manual en papel?

Sí, todavía se puede.

Está previsto que en los próximos meses se publique una norma que obligue a llevar el registro de jornada por medios digitales. Sin embargo, a día de hoy, esa obligación no ha entrado en vigor.

Por tanto, actualmente sigue siendo válido:

  • El registro manual en papel.
  • Hojas firmadas diariamente por el trabajador.
  • Sistemas no digitalizados, siempre que cumplan con los requisitos legales.

Es importante tener en cuenta que, cuando se apruebe la nueva normativa, el sistema deberá adaptarse a las condiciones técnicas que se establezcan.

 

¿Qué ocurrirá cuando sea obligatorio el registro digital?

Cuando entre en vigor la nueva regulación, previsiblemente será obligatorio disponer de un sistema telemático de control horario que garantice:

  • Fiabilidad de los datos.
  • Trazabilidad.
  • Accesibilidad para la Inspección de Trabajo.
  • Imposibilidad de manipulación posterior.

Por ello, muchas empresas ya están valorando implantar software de control horario para anticiparse al cambio normativo.

 

¿Qué ocurre con trabajadores de ETT o subcontratas?

Aquí es donde surgen más errores.

Trabajadores de ETT

La empresa usuaria debe garantizar que se registre correctamente la jornada, aunque la relación laboral sea con la ETT.

Trabajadores de subcontratas

La empresa contratista debe cumplir con su obligación respecto a sus empleados, pero la empresa principal debe vigilar que se cumpla la normativa cuando los servicios se presten en su centro de trabajo.

Una mala gestión en estos casos puede generar responsabilidades compartidas.

Recomendación para empresas

Aunque el registro manual de jornada sigue siendo legal, el escenario normativo apunta hacia la digitalización obligatoria.

Por ello, recomendamos:

  • Revisar el sistema actual de control horario.
  • Verificar que cumple los requisitos legales vigentes.
  • Prepararse para la futura obligación digital.

En AC Global Consulting seguimos de cerca todas las novedades, le avisaremos en cuanto se publique la nueva normativa para que pueda adaptarse sin riesgos ni sanciones.