El pasado 10 de agosto se publicó la Ley 5/2026 de medidas fiscales de la Generalitat Valenciana, una norma que introduce cambios relevantes en varios impuestos autonómicos.

Las novedades afectan principalmente al IRPF, al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Aunque algunas medidas tendrán efectos progresivos, la mayoría entraron en vigor el 11 de agosto de 2026.

A continuación, resumimos los cambios más importantes.

1. Aumento del mínimo exento en el Impuesto sobre el Patrimonio

Una de las medidas más destacadas es el incremento del mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio para los residentes en la Comunidad Valenciana.

A partir del ejercicio 2026, el mínimo exento pasa de 1.000.000 € a 2.000.000 €

Esto supone una importante reducción de la carga fiscal para muchos contribuyentes con patrimonio elevado. La medida tendrá efectos prácticos en la declaración que se presentará en 2027 correspondiente al ejercicio 2026.

2. Mejora de los beneficios fiscales para la empresa familiar

La nueva normativa introduce cambios especialmente relevantes para las empresas familiares.

Más familiares podrán beneficiarse de las reducciones

Se amplían los beneficiarios de las reducciones del 99% aplicables en herencias y donaciones de empresas familiares.

A partir de ahora también podrán beneficiarse:

  • Primos.
  • Otros familiares colaterales de cuarto grado.

Esta medida facilita la continuidad de negocios familiares cuando no existen descendientes directos o cuando la propiedad está más repartida entre distintos miembros de la familia.

Cambios favorables para las sociedades holding

Otra de las novedades más esperadas afecta a determinadas sociedades holding.

La nueva regulación flexibiliza el acceso a los beneficios fiscales de empresa familiar para estructuras societarias que anteriormente podían quedar excluidas por interpretaciones restrictivas sobre la composición de sus activos.

Ampliación del grupo familiar para calcular participaciones

También se amplía el perímetro familiar que puede computarse para alcanzar los porcentajes mínimos de participación exigidos para aplicar las reducciones.

Esto supone una ventaja importante para empresas familiares con accionariado más disperso.

3. Rebaja del IRPF autonómico

La Generalitat ha aprobado una reducción gradual de los tipos autonómicos del IRPF. El objetivo es aliviar la carga fiscal de los contribuyentes, especialmente en los tramos de renta baja y media.

La rebaja se aplicará en dos fases:

  • Primera reducción con efectos desde el 1 de enero de 2026.
  • Segunda reducción adicional desde el 1 de enero de 2027.

Para muchos contribuyentes valencianos esto supondrá una disminución de la cuota autonómica del impuesto.

4. Cambios en AJD para sociedades de garantía recíproca

La Ley también modifica el tipo reducido del 0,1% aplicable en Actos Jurídicos Documentados para determinadas operaciones formalizadas por sociedades de garantía recíproca.

La principal novedad es la eliminación de la obligación de que la entidad tenga su domicilio social en la Comunidad Valenciana para poder aplicar este beneficio fiscal.

¿Qué implican estos cambios?

Las modificaciones aprobadas tienen especial impacto en tres perfiles:

Empresas familiares

Las nuevas reglas facilitan la planificación sucesoria y la transmisión del patrimonio empresarial.

Patrimonios elevados

El incremento del mínimo exento en Patrimonio puede reducir significativamente la tributación autonómica.

Contribuyentes valencianos

La rebaja del IRPF permitirá una menor carga fiscal en los próximos ejercicios.

¿Necesita revisar cómo le afectan estas novedades?

Cada situación patrimonial, familiar o empresarial puede verse afectada de forma distinta por estos cambios normativos.

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Una revisión a tiempo puede marcar una diferencia importante en la tributación futura.